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Fallos: 17:144 de la CSJN Argentina - Año: 1875

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E 144 VALLOS DE LA SUPREMA CONTE
LS CAUNA VEL D Maria G. de Medina con el Procurador Fiscal sobre exener ación del servicio militar de Francisco Medina.

Sumaria —1" La enomeracion hecha en el artítulo 7 y siguientes, título 5, seccion 1. libro 1, Código Civil, indiva el órden en que debe producirse la prreba sobre la filiacion de una persona. cuamlo ses posible seguirla, siendo la prueba dela posibilidad ú carga de quien la sostiene y no del que la niego 7 Cuando hay imposibilidad ó ¿ran dificultul para ofre.

cer testimonio de los libros parroquiales ó municipales. sobre la filinrion de una persona. la ley admute cumdquier gó nero de pruebas, inclusa la de testigos.

3 El hijo único que atiende á la subsistencia de su madre viuda es exonerado por la jey de prestar servicio militar fuera de sn ahistrito, Caso.— La amtecedemes de esta cnusa están esplicados en el

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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:144 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-17/pagina-144

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