del impuesto municipal de los corrales de abasto, por cobro de reses enrnendas para el consumo del Ejército Nacionnl.
Los demandados declinaron de In jurisdiccion provincial, alegando que las reses carneadas para el Ejército Nacional estaban exentas de impuestos segun la ley de 14 de Setiembre de 1575, y que ellas eran representantes del proveedor D, Pedro Funes que era vecino de distinta Provincia, Los Tribunales de Sania Fé rechazaron en 19 y 2" instan cia la deelinatoria, y los Sres, Maza apelaron para ante la Corte Suprema de la Nacion, á la que ocurrieron de hecho por habérseles negudo el recurso, La Suprema Corte pidió informe, y el Tribena) Superior de Sama Fe mandó como informe la copia de las sentencias, Los fundamentos de la semencia de 1 Instancia eri:
1 Que la acción tenia por objeto hacer efectiva una obligación que emanaba de una ley de Provincia, y los oblizados teman que estar sometidos á la jurisdiecion Provireial.
2 Quela exención del impuesto constituia una escepción sobre el mérito de la necion.
Los fundamentos de la sentencia de 2 Instancia fueron:
15 Que los demandados eran los Sres. Maza y UC! veeinos de Santa Fé. y noel Sr, Funes á quien aquellos no representaluen, > Que se trmaba de an easo rejido por Ins leyes de la Provincia.
3 Que la escepcion de exención eran de rarácter peren.
torio, y no podia oponerse emo artículo próvio.
4" Que el pleito no se inició como teniendo por origen actos mministrativos del Gobierno Nacional, sinó nm ley de unpuestos provinciales,
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Año: 1875, CSJN Fallos: 17:134
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