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Fallos: 169:40 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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Con fecha veinticinco de Agosto de mil novecientos treinta y tres fué confirmada por la Corte Suprema, la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de La Plata, la que condenó al procesado Antonio Fuentes Bueno (a) Tempra millo, a sufrir catorce años de prisión y accesorias legales, en vez de la de quínce años de la misma pena, que le fuera impuesta por el Juez Letrado del Territorio Nacional del Chubut, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Enrique Maldonado, hecho que ocurrió en los Yacimientos Petroliferos Fiscales, el 23 de Febrero del año 1930, En la contienda de competencis traleda entre el Juez del Crimen de la ciudad de Paraná y el de Sección de la misma, pas a conocer en el juicio seguido por don José Pinnello contra la Niministración General de los Ferrocarriles del Estado, sobre mecndio de un campo, la Corte Suprema, con fecha 28 de Agosto de 1933, de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General y lo resuelto por «l Tribenal (Fallos, tomo 143 pág. 24 y tomo 159, págima 131), declaró que correspondía entender enla catrsa al Señor Juez Federal de Paraná, Don Eugenio Carone voatra Don Lois Emilio Svorcione. por co bro de pesos; sobre embargo, Sumario: Ta inembargalilidad de las jubilaciones o persiones dispuesta por el artículo 56 de fa fey 11.110, no atenta contra el principio de igualdad ante la ley consagrado por el artícula 16 de la Constitución Nacional,

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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:40 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-169/pagina-40

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