Sifuentes, a sufrir la pena de doce años de prisión, accesorias legules y costas del juicio, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Hilarión Amador, en Tornonar, Gohernación de Los Andes, el 20 de Octubre de 1929, Don Ignacio Rodrigo contra la Provincia de Mendoza, por cobro de pesos.
Sumario: Procede hacer lugar a una acción ordinaria fundada en un contrato de suministros de mercaderías a una provincia, la cual en pago de las mismas suscribió diversos pagarés, si como resulta de los antecedentes del caso, los efectos fueron entregados oportunamente. El reclamo de los infereses procede desde la fecha en que se interpuso la demanda y no desde el día del protesto de los documentos, ya que éstos se invocaron exclusivamente a fin de justificar la existencia del crédito.
Cuso; Lo explican las piezas siguientes :
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Diciembre 1" de 1933.
Y Vistos:
Las del juicio promovido por don Ignacio Rodrigo contra la Provincia de Mendoza por cobro de pesos provenientes de suministros de mercaderias, de los que Resulta :
Que a fs. 57, con fecha 4 de Abril de 1930, se presenta el procurador don Jacinto Fernández Cortes, con poder hastante del aludido en el exordio y manifiesta: En diversas oportunidades el Gobierno de la Provincia demandada, sacó a licitación —
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:361
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