1 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA curso extraordinario puesto que aquél podría oltener la pertínente indemnización ante los Tribunales ordinarios de la Capital.
En E, U. de América la legislación y la jurisprudencia esta«duales difieren fundamentalmente en punto al desistimiento y alandono el procedimiento en los casos de expropiación; a la oportunidad en que tales desistimientos y abendono pueden Iacerse ; y respecto a las responsabilidades que de uno y otro resultan para el expropiante, como puede verse en Jobn Lewis (A treatise on the law of eminent domain, Capítulo XXNIN, pág.
169 y siguientes), Pero de ellas no resulta que proceda el recurso extraordinario ante la Suprema Corte Federal. Como lo dicen Mac Kinney y Rich citando en st apoyo varios fallos de ese tribunal (23 U.S. (1. ed.) 49; 40 U.S. (E. ed.) 510:
SI US. (Led) 629:43 U.S (Les) 443, etc.) "El procedimiento judicial para tomar la tierra en virtud del dominio eminente y determinar la justa compensación, es un litigio protegido por el derecho común dentro del sentido de la tey judicial federal". "Cuando ocurre la circunstancia de la distinta nacionalidad de las partes, tal litigio puede ser llevado a las Cortes Fe derales de cireuito". Así también "si un Estado expropia una finca cuyo propietario es un cindadano de otro Estado". Porque para que un ciudadano cualquiera pueva recurrir a la Corte Supremsa Federal "es menester que se le haya privado de su propiedad sin el debido proceso de ley, en violación de stis derechos acordados por la Constitución Federal". (Ruling case Law, tomo 10. pur. 177. C El caso "subelite" reviste los mismos caracteres que el de Fehling y otros contra la Municipalidad de la Capital, resuelto en cinco de Septiembre de 1932. en que se declaró la improcedencia del recurso por las razones alli expuestas y que aquí se dan por reproducidas, (Fallos: tomo 166 pág. 62 ).
La cirerustancia de que en el caso presente la tramitación del juicio haya Tlegado hasta el embargo de fondos, mientras en el anterior solamente llegara hasta dejar consentida la sentencia que fijaba la indemnización, no altera substancialmente los tér
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:184
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