Por estas razones se admite la excepción, declarándose incompetente el suscripto para entender en este juicio, con costas al actor.
Notifíquese, registrese y repuesto, archivese.
Exequiel S. de Oluso,
SENTENCIA BE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, Abril 24 de 193.
Y Vistos: , Por sus fundamentos, y los aducidos por el señor Procurador Fiscal en sis precedente dictámen, se confirma con costas el antro apelado de fs, 142 que declara la incompetencia del Juzgado para conocer en el presente juicio contra el Ferrocarril Provincial de Buenos Aires.
Notifuquese y devuélvase. — Zervino, — eme A Leon zum,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 11 de 1933.
Suprema Corte:
En esta ejecución promovida por la Caja de Jubilaciones y Pensiones Ferroviarias contra el Ferrocarril Provincial de Buenos Aires, el ejecutado optso la excepción de incompetencia del señor Juez Federal de La Pinta, sosteniendo que el juicio debía ventilarse ante la Corte Suprema Nacional a mérito de lo dispuesto en los arts, 100 y 101 de la Constitución, por ser el men
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:188
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