tada en la situación de las empresas bancarias mencionadas en el citado artículo, sin que la circunstancia de haberse convertido en el actual Banco de la Provincia de Buenos Aires, pueda atribuirle retroactivamente el carácter de empresa oficial «ue adquirió posteriormente, La consideración expuesta y lo establecido por esta Corte Suprema acerca del eriterio restrictivo con que procede aplicar las leyes de estimulo y beneficio social (Fallos, tomo 161, pág.
384). me mueven a solicitar de V. E. la confirmación de la resoInción de la Exma. Cámara Federal en la parte que ha podido ser materia del recurso entablado, Horacio K. Larreta
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 27 de 1933.
Y Vistos:
" -
Los del recurso extraordinario sustentado por don Franco Fattorini contra el fallo de la Cámara Federal de Apelación de la Capital en los autos contra la Caja Nacional de Jubilaciones y pensiones de Empleados de Empresas Bancarias, sobre jubilación ordinaria ; y Considerando :
a) El recurrente fué empleado del Banco del Comercio Hispaño Argentino desde 1900 a 1906; del Banco de la Provincia de Ruenos Aires desde 1906 a 1920; y del Banco de Avellaneda desde 1920 a 1932; h) El Banco del Comercio Hispano Argentino era particular y en 1906, por convenio con el Gobierno de Buenos Aires, se refundió en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de carác» ter mixto, oficial y privado, continuando sus accionistas y par
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:157
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