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Fallos: 168:273 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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FALLO IE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Junio 2 de 193.

Y Vistos; Estos amos venidos por recurso extraordinario de la SupreMes Corte de Tucumán sobre devolución de impuestos menicipales que fueron impugivados de inconstitucionales, seguidos en juicia ordimrio por la Si iofad Arónima "Frigorifico Swift de La Pista" eomtra la Minicipchidad de aquella capital; y Resiltcaneles Cue Ta compenñia eleminaó ste aquel tribunal: la Mumici"redidad por devolución de fa suma de diez y nueve mil cuatrovientos tres pesos con cinco centavos m/T, en razón de impuestos cobrados desde el 3 Je Mayo de 1930 hasta fmes de Noviembre de 1931 por concepto de inspección veterinaria sobre sus produetos introducidos a esa plaza, consistentes en grasas de cerdo, tocinos, carnes suladas, finmbres, ete., aplicando la ordenanza pas Ta 1930, art. 156, cuya copia corre a fs. 40, Lo cobrado por grasa es $ 6,002.—, por tocino $ 2,089,55 4 razón de 0.10 centavos por kilo. Por carnes y embutidos pesos 11.311.353 razón de 0.15 centavos; haciendo en total la suma ames indicada.

La demandante sostuvo que todos los pagos: fueron hechos cn protesta y se referían a partidas de meraderías que la sucursal de Tucumán recibía de sus frigorificos de La Plata y Rosirio para ser vendidas para las provincias del Norte, inclusive "Tucumán y sus departamentos de campaña. Que el impuesto integramente se le cobraba al llegar la mercadería a esa plaza, antes de ser vendida ni de experimentar modificación alguna en sus envases o contenido, lo que, en su concepto importaba un derecho a la importación, prohibido por los arts. 9, 10 y 11 de la Cons

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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:273 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-168/pagina-273

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