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Fallos: 168:267 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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mz. y Manzana 39, Lote E, superficie de 2.249,86 m2., del antiguo trazado del pueblo de Tolosa, Que, de los términos de la escritura pública de fs, 10, del expediente administrativo letra F, NY 3 del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires, oficina de expropiaciones, surge claramente un contrato de permuta de lotes de terrenos «del trazado de la ciudad de La Plata y que ante lo fueron del pueblo de Tolosa; la sucesión Rocca cede bienes de su propiedad, según títulos que acompaña y que detalla asi: Lote D, Manzana 7; Lote A, Manzana 24; Lote E, Manzana 39, con las superficies que se expresan en el escrito de responde; y el Gobierno transfiere, en cambio, las fracciones que el actor menciona en el escrito de demanda al pedir posesión de los mismos. En ninguna parte se expresa que se trate de las mismas tierras con diversas designaciones en trazados y planos distintos, ni puede presumirse porque entonces no se trataría de un contrato de permuta, como se indica en la escritura y en los términos del art, 1.485 del Código Civil sino de un simple cambio o rectificación «e ubicación catastral, Que ni de los términos de la escritura pública de permuta ni de ningún otro instrumento o prueba surge que la suresión Rocen recibiera la posesión de los bienes que le eran transferidos con posterioridad al emirato instrumentado a fs. 10 del expediente administrativo, ni que la tuviera con antelación, Las palabras de la escritura que dicen: "El Señor Gobernador a nombre de la Provincia otorga y declara : Que transfiere y reconoce como de la absolut: y exclusiva propiedad a favor de los señores Manuel Cladomiro Kocea ete." no tienen el valor y alcance de la tradición 2 parte del art. 2378 del Código Civil) porque no se han demostrado los actos materiales de los contratantes que mencionan los arts. 2379 y 2380 del mismo Código. El argumento de la demandada referente a la venta hecha por Roces a Ichazo es ineficaz porque ella se refiere a terreno de propiedad anterior a la permuta y que expresamente indica en la presentación de s. 16 del expediente administrativo R. N" 9 año 1919, Ministerio de Obras Públicas — "Rocca Manuel y otros sobre permuta en To

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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:267 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-168/pagina-267

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