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Fallos: 168:194 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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FALLO DE LA CORTE SUFREMA
Buenos Aires, Junio 9 de 193.

Y Vistos:

Las de la causa contra José A. Iturrat y la Sociedad Añómima "Casa Iturrat" por infracción a la Ley de Aduana Ne 11.281 venida en tercera instancia ordinaria, de acuerdo con el art. 37 inciso 2 de la Ley No 4055, por apelación contra el fallo condenatorio de la Cámara Federal de Apelación de Rosario: y Considerando :

Que, como lo expresa la minuciosa relación de los antos hecha por el Juez de Sección de Rosario —fs, 271-— José Hurrar primero y Juego sus sucesores "Casa Murrat", establecidos en Rosario, introducian "papel común para diarios", libre de derechos conforme a la franquicia de la Ley de Aduana No 11281, reglamentada por decretos de 18 de Febrero de 1924 y 18 de Julio de 1925, pero por denuncia de Francisco N. Lamboglia, se comprobó que dicho papel no recibia el destino que la ley tuvo en vista simo que el importador favorecido lo vembia 3 empresas comerciales e imbustriales de carácter vario que lo empleatan en wos que nada tenían que ver con el periodismo, por cuyo mob tivos, los tribunales de primera y segunda instancia, de acuerdo com los arts. 1025 y 1037 de las Ordenanzas de Aduana, 66 de la Ley N- 11.281, y 14 de Decreto Reglamemario, se condenó a los infractores al pago de los derechos que el papel debió pagar según si destino real más una multa calculada sube ess mismos derechos (Es, 271 y 3771.

Que, como antecedentes, conviene recordar —pues iMustran el eirim con que los recurrentes actuaban en la Admana de Rosario—, en la importación de "papel blanco común para díaris"— los expedientes administrativos que promovieron en 1928 y 1931, el primero de ellos para introducir Tibre de derechos pa

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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:194 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-168/pagina-194

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