Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 166:360 de la CSJN Argentina - Año: 1933

Anterior ... | Siguiente ...

análisis previo de los actos impugnados bajo el punto de vista de su falta de conformidad con la Constitución y leyes de la provincia, lo que está fuera de la jurisdicción nacional, según se ha visto enel párrafo anterior. (Fallos, tomo 153, pagina 214).

Por lo expuesto, pido a V. E. se sirva declarar que la presente causa no corresponde a la competencia originaria de Vuestra Excelencia.

Horacio R. Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1932.

Y Vistos:

El presente juicio seguido por don Eugenio Diaz Velez contra la provincia de Buenos Aires, sobre devolución de dinero, del cual resulta: :

Que a fojas 9 comparece don Rafael Argerich por el actor demandando a la provincia nombrada por devolución de la suma de novecientos ochenta y dos pesos con ochenta centavos moneda nacional exigida indebidamente en concepto de contribución directa correspondiente al año 1927 y abonado bajo protesta expresa. Pide además los intereses de aquella cantidad y las costas del juicio.

Que la Legislatura de Buenos Aires con fecha 10 de Junio de 1924 dictó una ley sobre revaluación de la propiedad raíz constituida por la operación autorizada de un catastro financiero basado a su vez en un catastro geométrico previo en el cual se consignarían los avalúos fijos de cada purcela inmobiliaria y a los que deberían por último. referirse las tasaciones definitivas de todas y cada una de las propiedades particulares, sobre las

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

74

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1933, CSJN Fallos: 166:360 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-360

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 166 en el número: 360 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos