190 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA de le dispuesto en el articulo 9" del Reglamento de los Juzgados Fed.rales, que lo autoriza a llevar sa protocolo, habiendo establecido la jurisprudencia que éste está formado no sólo por :
Cas escrituras que se extiende, sino también por los expedientes de Fe Secretaria a sit cargo.
Que ta sentencia de fs. 31 se encuentra ejecutoriada, y ella estalrece ly forma de la inscripción de la transferencia dl dominio a favor de la parte actora, que ordena se efectúe por efieis al Registro G.neral de Propiedades, de donde resulta evi- :
dente que Tas copias que se soliciten no pueden tener por fin real Ca imerip ión de ese dominio, como se expresa. para hacer surgir así como un obligación esencia! del actuario, el expedirla.
Por estas considerzeiones y las concordantes de las «que obran en las resoluciones de este Tribal y de la Excma. Cámara Federal, de fechas 15 de Junio y 30 de Junio de 1931, respesivamente, dictadas en los autos seguidos por los FE, CC.
del Estado, comra Santiago" Rossi y Ambrosio Biangetti — expropisción — Resuelvo: no hacer lugar al recurso de reposición imerpuesto, manteniendo en todas sus partes cl decreto de fs.
FI via. Concédeso en rel:zción el de apelación para ante a Excma.
Camar: Federal, « donde deberá comparecer el recurrente dentro del tercer día, Hágase saber y elévense los autos. — Vilar Palacio,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Córdoba, Mayo 19 de 1932.
Y Vistos: El recurso de apelación subsidiariamente interpuesto por el apoderado de los Ferrocarriles del Estado, contra el decreto de 22 de Diciembre del año ppdo.. corriente a fs. 51 vta, dictado por el señor Juez Federal de esta Sección Córdoba, en el juicio seguido por aquéllos contra la sucesión de Leonzo Cortez, so
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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:190
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