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Fallos: 164:394 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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ha m FALLOS DE LA CORTE SUPREMA » Es del mecanismo institucional, consistentes en el estao de sitio, las A penas establecidas en el Código Penal a los que conspiren contra ES el orden público y el orden constitucional, y en las facultados del hos Congreso, para dictar leyes preventivas y punitivas, a fin de que aplicadas por los jueces de la Constitución, eviten o repriman las tentativas de la anarquía a impulso del extranjero ingrato + y mai inspirado; para él sea el rigor benéfico de ta ley dentro del orden jurídico. Pero, en tanto ella se dicte, es misión cleE vada de la Corte Suprema salvar la integridad de la Constitución, He aun en medio de las más graves acechanzas, ya que éstas no son Bs tan peligrosas como el avance posible o real de los gobernantes s sobre los principios básicos del régimen establecido en aquélla E Que si bien las dudas sobre la constitucionalidad de las le- —E yes deben ser resueltas en su favor, este principio no es inflexible É «ino cuando se relaciona con los intereses materiales de la Na3 ción, pero cuando aquella duda afecta las garantias constitucioE nales. que forman el patrimonio moral de los habitantes, se impunc la resolución favorable a ellas, porque siempre son adiosas a la: restricciones violentas a la Jibtrtad.

É , Por estos fundamentos, se revoca la sentencia de fojas 71.

ha Notifiques: y devuélvase A K. Grmo Lavarrr.

er 3 ¡ EN DISIDENCIA ha Ae Buenos Aires, Mayo 6 de 193.

ra Y Vistos:

Es Los del recurso de "habeas corpus" interpuesto pur Simón e Seheimberg y Enrique U. Corona Martinez a favor de Antomie e Andrade, T. Harden Gutiérrez y otros extranjeros contra la deÉ tención y extrañamiento o expulsión o deportación de que aquéMC S llos fueron y son objeto por acto del Poder Ejecutivo de la NaE :

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:394 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-394

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