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Fallos: 162:20 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 19 de 1931.

Y Vistos:

Los de apelación ordinaria, deducida por ambas partes contra la sentencia de la Cámara Federal de Paraná en el juicio seguido por el Fisco Nacional contra Antuña y Cía. sobre expropiación; y Considerando Que según los distintos antecedentes de antos, se trata en este caso de la expropiación de un terreno de ubicación privilegiada cn el puerto de Barranqueras, en razón de su proximidad inmediata de mismo y de lindar con sus más importantes vías de acceso, es decir, en condiciones exactamente iguales a las que se tuvieron en cuenta por esta Corte Suprema en el fallo de fecha diciembre 5 del año próximo pasado (Tomo 159.

páigna 351).

Que a esas circunstancias se agregan las demás que atinacamente considera la sentencia apelada con respecto a su orientación, superficie, etc., por todo lo cual corresponde aceptar el precio fijado en la misma para el terreno.

Que en lo relativo al costo del rellenamiento, valor del edificio e instalaciones, han sido también prudencialmente fijados en el fallo con referencia en tal sentido a las conclusiones fundadas del dictamen de fojas 198, cuyo perito fué designado de oficio por el tribunal, a causa de las disparidades que existían en las apreciaciones anteriores y de las demás deficiencias que se consignan a fojas 221 vuelta y 222.

Que no procede indemnización alguna de perjuicios, porque

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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:20 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-20

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