5' De fojas 130 a 133 presta indagatoria don Angel Figini, quien manifiesta que forma parte de la sociedad "Parodi y Figini" siendo el otro miembro don Edmundo Parodi. Que es exacto que introdujeron libre de derechos condicional los 106.783 caños hasta de 0.20 metros que figuran en el estado de fojas ...
el que reconoce, así como la firma que lo suscribe que es de su puño y letra; que la sociedad Parodi y Figini, previo pago de derechos aduaneros vendió 7.000 caños que recuerda que vendieron a Sánchez Cúneo y a Baltar, no pudiendo precisar el número ni a qué otras personas efectuaron ventas; que la sociedad no comisionó a Baltar ni a Mariano Amable para vender esos caños; ni a H. Baltar y Cía. o Héctor Baltar para despachar 14.000 caños a Buenos Aires, pues como ha dicho, sólo vendió en total 7.000, previo pago de derechos; agrega que en Concordia hay varias casas que venden la misma mercadería y le consta que Baltar operaba en esos artículos con varias casas, lo que fué motivo para postergar una operación de venta entre la sociedad de que forma parte y Baltar: agrega que en cifras redondas, el total de caños traídos ha sido de 107.000, los colocados 80.000, vendidos previo pago de derechos 7.000; los existentes al 31 de diciembre de 1924 cerca de 5.000, y los rotos e inutilizados 16.000; que al formularse el balance que ha reconocido el ingeniero Chiarizia a cargo de las obras hizo notar al señor Administrador de Aduana de Concordia que por no haberse hecho nunca los descargos correspondientes aparecían como existentes más de veinte mil caños cuando en realidad sólo había cerca de 5.000; que esa diferencia de cerca de 16.000 era producida por roturas e inutilizaciones habidas en la obra y admitidas por la ley ; que el Administrador le contestó que correspondía pagar los derechos por esas roturas y solicitar después del Ministerio de Hacienda la devolución de lo pagado; que por ello Chiarizia ordenó al despachante de la sociedad señor Ferreyra Fernández que pagara los derechos por los 16.000 caños, quien hizo la tramitación del caso y luego comunicó a Chiariza que el Administrador le había manifestado que no po
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:195
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