mente el ejercicio de la facultad de pronunciarse sobre las cuentas rendidas por el poder administrador, tal abandono evidente, no puede ser invocado en perjuicio del procesado, sin ¡mengua de reglas fundamentales de derecho criminal (artículos 13 y 17 del Código de Procedimientos de la materia).
Que a mérito de lo expuesto se llega a la conclusión de que el juez "a quo" es incompetente, por ahora, para juzgar sobre las malversaciones imputadas al señor Irigoyen y que se dicen efectuadas en su carácter de Presidente de la Nación, sin perjuicio de su competencia para entender en los demás delitos.
R. Guipo Lavarrr, Señores Stocken y Compañía contra don Carlos Lescano, por ejecución de prenda agraria; sobre diligenciamiento de un exhorto.
Sumario: Radicado el juicio de ejecución de prenda agraria, no puede suspendérsele por quiebra, muerte o incapacidad del deudor, ni por otra causa que no sea orden escrita de un juez competente, dictada previa consignación del valor del certificado, sus intereses y costas calculadas (artículo 22, ley 9644). Ello no importa desconocer el privilegio que pueda gozar el crédito por alquileres amparado por dl artículo 3883 del Código Civil y por la misma ley número 9644, artículos 6 y 19, el que debe hacerse valer ante el juez de la ejecución prendaria.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:171
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