deitos reprimidos por las leyes. En el sistema del "impeachment" la rama "joven del Parlamento acusa y el Senado juzga y castiga como si fuera un tribunal judicial; en el procedimiento adoptado por la Constitución en vigor, el Senado se limita a quitarle la investidura al magistrado para entregarlo a la justicia ordinaria si se le imputa la realización de algún crimen o delito de los previstos por las leyes generales — artículo 52 de la Constitución, inciso 2? —. Actas de la Convención del año 1860.
Que si la defensa opuesta significa que el señor Hipólito Irigoyen sólo puede ser juzgado por el Congreso, se incurre en un evidente error de concepto, pues dentro de la organización dada por los artículos 45, 51 y 52 de la Constitutión al juicio político, el funcionario sometido a él tiene los mismos jueces que los instituidos para conocer de los delitos cometidos por cualquier persona dentro dei territorio de la Nación. Las formálidades previos organizadas por la Carta Fundamental, no desvirtúan el principio de la igualdad ante la ley, ha dicho Montes de Oca, Tomo II, página 183; ellas emanan del equilibrio y ponderación de las ramas del gobierno, desde que si un juez pudiera, prescindiendo de ellas, formar causa al primer magistrado de la Nación o aprehender a un miembro del Congreso, se constituiría en árbitro supremo del país por el ejercicio de una autoridad temible para la permanencia de los poderes ejecu tivo y legislativo. Inspirada en estas ideas. la romisión revisora de la Constitución del 53 ha establecido "que el juicio político es una consecuencia del principio de que todo funcionario público es responsable y tiene por único y exclusivo objeto hacer efectiva esa responsabilidad. y se somete esta atribución a las legislaturas, porque no es posible que los tribunales ordinarios pudiesen entender de tales faltas, salvo cuando medie 1 delito definido por las leyes, en cuyo caso el juicio político sólo tiene por objeto la destitución del funcionario. En el caso de autos, precisamente se imputa al señor Hipólito Irigoyen delitos definidos por las leyes, y el juicio político en la
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:151
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