Den Norborio Auchorcaa contra ha Municipalidad de la Capi 205, por e xpropiartón. sobre Tecumtamiento d embarzo.
Neenuacir; Si hos Pomios embrareades ¡ La Municipabidd firero transferidos 4 la order kl Juez de Ea expropiación, me apareciendo que a consecueniin le ral micdida fuetieial se impsibilitese el funcionamiento ¿e cm mí que se im ponme 1 reimegración para satisfacer imprrstergabes re eeilades públicas, mi demostrado wm tales Fomibs presi mer de la percepción de imprestos conm destimo exeluvente del pago il credito en ejeención: y teniéndos:
mtemás eroetenta que E Minicipalidad ocupo y tiro al servicio público el terreno expregíndo, iv nbonnr tm alguna él previa imdemmización del articulo 17. Conistíta cun Nacional i, corresponde el mantenimiento del embar see rdcudo, Coso: La explican las piezas siganientes:
SENTENCIA DEL JUEZ EN LO CIVIE
Buenos Aires. Mayo 5 de 1950, Vistes:
Para resolver la incidencia de fojas 12 y Considerando :
1 One la sentencia de fojas 53 condenó ala Minicipalidas le Buenos Aires a par el valor del rerreno expropíndo, inteFest s Y USES.
7 Que no habiendo abonado el importe al áctor, a pedido
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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:112
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