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Fallos: 160:382 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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las cuentas el conforme de la sección de Ajuste y Rendición de Cuentas, y la liquidación de la Contaduría con la respestiva imputación conforme a la ley de presupuesto, y decreto aprobatorio del Poder Ejecutivo ordenando el pago, constando todo en expedientes oficiales que tienen el carácter y el valor de documentos públicos, procede condenar a la provincia al pago de lo adeudado por aquel concepto, sin que pueda obstar a ello, la alegada ilegalidad de los acuerdos de ministros en virtud de los cuales se ordenaron las licitaciones para la provisión de tales mercaderias.

Caso: Lo explica el siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Mayo 22 de 1931.

Y Vistos:

Los del juicio promovido por don José Gassull, como cesionario de don Arturo Gallart, contra la Provincia de Mendoza por cobro de pesos prevenientes de suministros de mercaderias a varios hospitales, asilos, ete., de los que Resulta:

Que el Doctor Adolfo Mealla, con poder bastante de don José Gassull, se presenta ante esta Corte y manifiesta: Por Acuerdo General de Ministros de la Provincia de Mendoz1 N° 254 de Abril 12 de 1926. se autorizó al Director General de Salubridad para que Mlamise a licitación pública para proveer de varios artículos destinados a los hospitales que menciona: y. por Acuerdo N" 448 de 22 de Junio de 1926, se concedió la misma autorización a la Oficina de Provisiones para acentar la propuesta de don Arturo Gallart como proveedor del Reformatorio Pú

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-382

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