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Fallos: 16:350 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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2 Haberio poserionado de dicha ehacatilla D' Ventura Lopes de Antoltegui, espulsando con violencia á la arrundetátia Y Concepcion Dias de Gatica, que en ella tenía, e Haber la miema. señora mandado sacar los animales, los úlilea de casa y de labranza alli esistentes y apodorádono de lodas las frutas de la finci, intimando con amo:

nazas de fuerza salir de la casa á los peones y dependientes que 00 quisieran servirla.

Alega ademós que la Sra. Lopez, prevalida de un auto espedido antes del contrato de f. 10, mandando darle posesion pro indivivo de los bienes de su finado esposo, entre los que estaba comprendida la ehacarille, obtuvo por obrepcion y subropcion, despues dol vilado contrato y cuando no tenía derecho ni representacion alguna en la testamentaria de au esposo, un otro aulo de posesion de dicha chacra, en ol que ha basado su proveder alentalorio, sin lener en vista la cilada usóritura de f. 10, ni la posesion que en vielud de alla tenía ya D. Ciro Anzoálegui, como lo comprobaba el ar. 4" que dice: « D' Ventura Lopez, viuda del finado D.

Mumon Anzoátegui, por sí y por su hija menor Monoría Anzoúlegui, cede y transfiere todos los dorechos y acciones que como ú viuda la una y 4 lija la viva les corresponden on la testamentaria del referido . Ramon Anzoñtegui, en favor de D. Ciro Anzoátegui, quien desde el otorgamiento do esta esorilura entra en posesion de dichos derechos y necio.

nes; y que, enfin, habia sido reconocido como propielariu por la arrendotaria, y cumo tul mandado 4 la chacarilla animales desde su finca de la Meducción para que invernasen en ella, La demándada niega los hechos que se le imputan en la demanda y afirma que ella y su hija han estado en posesion de dicha chacra desde que murió su esposo á quien sucedieron; que D, Ciro no ha tenido la posesion ni un

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:350 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-350

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