CAUSA LEXIV.
Contienda de competencia entre el Juzgado de Seccion de la Provincia de Córdoba y el de la Provincia de Sun Juan en la cama de D. Emeterio García contra los Sres. Gigena y Serú, sobre reivindicacion de una tropa de carros.
Sumario. — En las acciones reales es competente el juez del lugar donde se halla la cosa demandada, prescindiendo del domicilio delos demandados.
Ca. —D. Emeterio Garcia, oriental, vecino de SantaFé, compró en Mendoza en 21 de Noviembre de 4874, una tropa de carros y mulas, En su tránsito 4 San Juan, los Sres. Gigena y Serú, argentinos, se apoderaron de la iropa y la mandaron al Rio Cuarto, García consiguió que el Juez de letras del Rio Cuarto embargara la tropa, y luego en 18 de Marzo de 1875 entabló demanda de reivindicacion Je la tropa, contra Gigena y Serú, ante el Juez de Seccion de Cordoba, quien confrió traslado.
Los Sres. Gigena y Serú, se presentaron en 19 de Mar20 al Juez de Seccion de San Juan, para formar compe
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:344
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