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Fallos: 16:340 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Talla del Jue de Bocviva.

San Juan, Mayo 28 de 1875.

Vistos: entre D. Andrés Astorgo y D. Eleuterio Fernández por daños -y perjuicios procedentes del despojo violenta ejeeutado por el segundo durante el dominio de la rebúlion, de un fundo ocupado por el primero y de olros objetos muebles de su propiedad, con lo alegado y probado por ambas partes y considerando por el mérilo de los mulos :

1" Que el hecho principal an que Astargo funda su demanda consiste en que Fernandez niendo subdelogado del departamento de Desamparados, al sorvicio de la rebelion que imperaba en Noviembre último en la Provincia, so presentó el día 25 del mismo mos, en el fundo que como suberrondatario ocupaba entonces, y le intimó órden del Gobierno rebelde para salir inmedialamente de allí, como lo hizo, apoderándose de sus muebles propios despues de falsear las puertas, llevándose wea caballos qué tenía en pasión en la finca; por todó lo que y mediante la estimacion que hace de los perjuicios causados, le cobra la suma de mil ciento dies y seis pesos bolivianos con las costas del juició, 2" Que por su pario ol demandado esplicando los hochos contenta : que siendo subdelegado de Desamparados, cuando en Noviembre fué dominada la Provincia por las fuerzas rebeldes; continuó en el desempeño de su puesto sin ponerse al servicio de la misma; y solo con el propósito de salvar con sa presencia y carácter al departamento, de los males que le traería la situacion. Que recibió úrden directa del Gobierno rebelde para intimar 4 Astargo el desalojo del fundo que ocupaba de propiedad de un Morales, y que este retenia indebidamente, ouya órden fué sapedida

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:340 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-340

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