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Fallos: 16:334 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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CAUSA LX XUL,
D.. Juan Fojerdo, contra D. Tomás Caviéces; por cubra de pesos, sobre condenacion en costas.

Sumario. —4° No procede la condenación en costas, cuando ha habido justa causa para oponerse 4 la demanda.

2» La justa causa de oposicion existe desde que la suma acordada por la sentencia al aclor es menor que la demanda.

Cav.—D. Juan Fajardo demandó á D. Tomás Cavieces para que fuera condenado 4 pagarle la suma de 40,825 pesos por salvalaje del buque «Armonía del Tuyú» de propiedad del segundo, que había naufragado á inmedinciones de la Ensenada, La cuenta presentada por Fajardo se compónia de varias partidas por la prima convenida, tercera parte del dinero salvado, gastos de tripulacion, daños y perjuicios y estadías.

El actor advirtió que del importe de esta cuenta, ó sea de los 40.825 pesos pedidos, debia deducirse la suma de 3000 pesos recibidos ya de Cavioces.

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:334 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-334

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