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Fallos: 16:296 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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las respuestas del actor 4 las preguntas de foja sesenta y seis vuelta, ni pueden ellás comiderarse como una negacion absoluta de los hechos espuestos en la demanda; so revoca por estos fundamentos, la sentencia apelada de foja selenta y cinco y devuélvansa, para que el Juez de Secsion en visla de los términos de la demanda y contestacion, suslancis y resuelva como fuere de derecho; satisfechas que sean las costas y repuestos los sellos.

SaLvaDor M. pEL Cana. —José Bánnos Pazos. —J. B. GonosTIAGA.— J. Domncuez, — DA CAUSA LX 1.

D. Federico de las Carreras, contra la Provincia de Corrientes, sobre incomtitucionalidad de una ley de impuestos.

Sumario. —1" El impuesto sancionado por el ari. 44 de la ley de contribucion directa de la Provincia de Corrientes, fecha 417 de Diciembre de 1872, no es aplicable, segun su tenor lileral, 4 la estracción de frutos del psis para el estranjero 4 para olros puertos de la República, sinó so

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:296 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-296

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