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Fallos: 159:136 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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bién sigue juicio contra la demandada por reivindicación del mismo ante la Justicia Federal, es a ésta a quien compete el entender en el juicio de división de condominio.

Caso: To explican las piezas siguientes:


VISTA DEL PROCURADOR FISCAL
Señor Juez:

Evacuado el traslado y la vista conferida a fs. 43 vta. y 40 via. respectivamente, autos número 50.612, a U. S. digo:

I. Que la causa número 49,526 está radicada en este Tribúnal a virtud de la resolución de la Excma. Cámara corriente a fs.

215 que se funda en la diversa nacionalidad de argentino y extranjera, del demandante señor Carrizo y la demandada señora de Deprez en el juicio de reivindicación respectivo iniciado el 13 de diciembre de 1918 sobre la estancia San Isidro, expediente número 26.971.

1. Que ante el 2" Juzgado Civil de la provincia autos número 17.275, la señora Julia C. de Carette en 3 de octubre de 1921 inició juicio contra la misma señora de Deprez por división de condominio de la misma estancia San Isdiro actualmente en trámite, habiendo ohtenido nombramiento de administrador interventor provisorio, el 22 de abril de 1929 en el incidente sobre medidas precautorias N" 27.533.

HI, Que la misma señora de Carette con fecha 3 de julio de 1919 pidió se le diera intervención en la reivindicación iniciada por Carrizo contra la misma señora de Deprez por considerarse condónima de dicha señora en la estancia San Isidro y porque podía perjudicarle una sentencia adversa (véase Ramo de incidentes, fs. 1).

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Año: 1931, CSJN Fallos: 159:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-159/pagina-136

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