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Fallos: 159:124 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 12 de 1930.

Autos y Vistos:

Los de corñtienda negativa de competencia por declinatoria trabada entre el Juez Federal de San Luis y el Juez del Crimen de la misma provincia, para conocer en el juicio promovido por —.

don Pascual Osorio contra don Juan Gargiulo por falsificación de un cheque; y Considerando :

Que de los antecedentes de la causa se deduce: que demandado Osorio por Garginlo ante el Juez Federal, por cobro de pesos, presentó como documento ejecutivo un cheque girado sobre el Banco de la Nación, suscripto por Osorio y que el Banco rechazó por falta de provisión de fondos; y notificado Osorio de la demanda, se presentó a su vez ante el Juez del Crimen de la justicia local, promoviendo juicio a Gargiulo por falsificación del cheque referido, que sostiene no haber sido extendido y suscripto por él. ; Que substanciada en parte la causa, ante el Juez local, se promovió a éste por la defensa de Gargiulo la cuestión de incompetencia por declinatoria, en razón de que, si el delito imputado existiera, se habría cometido en lugar donde el Gobierno Nacional tiene absoluta y exclusiva jurisdicción y en consecuencia corresponderia su conocimiento a la justicia federal, consideraciones que se aceptan y fundamentan el auto de fs. 137 por el que el Juez de Crimen declina su jurisdicción, atribuyéndola en el caso al Juez Federal, quien por su parte declara su incompetencia por conceptuar que se trata de un delito común regido por el art. 285 del Código Penal (dictamen fiscal de fs, 168; auto de fs. 170). :

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Año: 1931, CSJN Fallos: 159:124 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-159/pagina-124

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