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Fallos: 156:404 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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NOTAS
Con fecha doce de Febrero de mil novecientos treinta, la Corte Suprema declaró improcedente la queja deducida por Agustín Gil en la causa seguida en su contra, por infracción a la ley 4661 (sobre descanso dominical), por no aparecer de los antecedentes acompañados que se hubiera interpuesto para ante el Tribunal, recurso alguno que le hubiese sido denegado al recurrente.

En la misma fecha se declaró, igualmente improcedente, la queja deducida por Eugenio Iglesias, en el sumario incoado en su contra, por infracción a la ley-4661, por no aparecer que el recurrente hubiese interpuesto para ante la Corte Suprema, recurso alguno que le hubiese sido denegado.

En la misma fecha se declaró improcedente la queja deducida por Maximiliano Mayor, en el sumario instruido en su contra, por infracción a la ley 4661, por no aparecer de los antecedentes acompañados, que el recurrente, hubiera interpuesto para ante la Corte Suprema, recurso alguno que le hubiese sido denegado.

En la misma fecha se declaró igualmente improcedente la queja deducida por Jesús Sánchez, en la causa seguida en su contra, por infracción a la ley N° 4661, por no aparecer de los antecedentes acompañados, que el recurrente hubiera interpuesto para ante la Corte Suprema, recurso alguno que: le hubiese sido denegado.

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Año: 1929, CSJN Fallos: 156:404 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-156/pagina-404

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