fallo recurrido la distinta vecindad alegada por la demandada, el conocimiento de la causa corresponde a la justicia federal.
Caso: Lo explican las piezas siguientes :
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 11 de 1929.
En la presente demanda deducida ante el Juzgado de Paz de Bartolomé Mitre, Provincia de Buenos Aires, por don Marcos Bigelich contra la empresa del Ferrocarril Central Argentino, por cobro de pesos, la demandada ha invocado el fuero federal, el que, habiéndole sido denegado, ha motivado el recurso extraordinario de apelación que, en los términos del art. 14 de la ley 48, trae a conocimiento de V. E.
El valor cuestionado en autos excede de los quinientos pesos moneda nacional a que se refiere el art. 1° de la ley 927, según la interpretación dada por V. E. a dicho artículo, al confirmar por sus fundamentos, la sentencia del Juez Federal en la causa que se registra en el tomo 92 pág. 175 y, recientemente, al resolver con fecha 5 de Agosto y 23 de Septiembre ppdos.
los juicios seguidos contra la misma demandada por don In dalecio Téquierdo, don Salomón Cram y Ansalas, Galanes y Compañía.
Queda por ello substraida la causa del conocimiento de la justicia de paz, toda vez que, por razones de la distinta vecindad de las partes, procede en este caso la intervención de la justicia federal. (Art. 2", inciso 2" de la ley 48 y S. C. N. 121:5 ).
Soy por ello de opinión que corresponde revocar la sentencia apelada de fs. 100, en la parte que ha podido ser materia del recurso.
Horacio R. Larreta.
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Año: 1929, CSJN Fallos: 156:232
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