Sociedad Anónima Comercial de Exportación e Importación "Louis Dreyfus y Compañía Limitada" con el Gobierno Nacional, por devolución de una suma de dinero.
Sumario: 1° De acuerdo con los artículos 558 y 578 de las Ordenanzas de Aduana, no es indispensable que el solicitante de un boleto de embarque cargue toda la cantidad pedida, pues, le asiste el derecho de declarar "que no quiere embarcar más por cuenta de ese boleto" 2" El artículo 3" de la ley 10.349 se refiere, evidentemente, a los holetos de embarque que no hayan quedado sin efecto por voluntad del cargador en ejercicio de legítimo derecho.
3" Si la sociedad actora usaba de su derecho al dejar sin efecto los permisos de embarque pedidos por ella en el mes de Julio, es forzosa la consecuencia de que también y por necesaria implicancia podía beneficiarse con el menor arancel señalado para el mes de Agosto. Y es otro corolario el de que no ha sido perjudicado legalmente el Fisco.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Marzo 13 de 1929, Y Vistos: Los promovidos por la Sociedad Anónima Comercial de Exportación e Importación "Louis Dreyfus y Compañía Limitada" contra la Nación sobre devolución de una suma de dinero pagada de más en concepto de impuestos.
Y Considerando:
1" Que la parte actora manifiesta en su demanda de fs. 13
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Año: 1929, CSJN Fallos: 156:237
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