Juan Soler Hiil, en la cansa seguida en su contra, por el supuesto delito de defrandación. Recurso de hecho.
Sumario: No procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley 48, contra una resolución que reconoce y acuerda el privilegio del fuero federal.
Cuso: Lo explica el sigiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
 Ruenos Aires, Septiembre 13 de 1929. 
Autos y Vistos: el recurso de hecho por apelación denegada interpuesto por don Juin Soler Hiil en el proceso que se le signe por supuesto delito de defraudación, y Considerando :
Que el recurso se interpone contra la resolución dictada por la Cámara Federal de Apelación de Rosario que, revocando en parte el anto de primera instancia, rechaza la excepción de incompetencia de la justicia federal opuesta por el recurrente.
Que el art. 14, inc. 3" de la ley Ne 48 y art. 6" de la ley 4055. sólo autorizan el recurso de apelación para ante la Corte Y - eco o 5 Ñ n Suprema, deSlas sentencias definitivas "cuando la inteligencia de alguna cláusula de la Constitución o un tratado o ley del Congreso o una comisión ejercida en nombre de la autoridad nacional, haya sido cuestionada y la decisión sen contra la validez del titulo, derecho, privilegio o exención que se funda en dicha cláusula y sea materia del litigio." :
Que para la procedencia de dicho recurso es necesario que
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Año: 1929, CSJN Fallos: 155:322 
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