DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Abril 2 de 1928.
Suprema Corte:
En el juicio sobre reivindicación seguido ante el Juzgado —° en lo Civil y Minas de Mendoza por doña Francisca Pena de Miranda con don Delfín Zapata, la Cámara de Apelaciones de dicha ciudad ha dictado sentencia definitiva a fs. 200, desestimando la demanda.
Dicha sentencia contiene fundamentos de hecho y derecho común, civil y procesal, suficientes para sustentar el fallo recurrido, con prescindencia de las cuestiones de carácter federal que la actora ha formulado.
La decisión, pues, que al respecto pudiera tomarse en el recurso extraordinario que ésta ha deducido para ante V. E. sería ineficaz ya que no podría alterar los fundamentos de otro orden, antes dichos, por los cuales ha quedado resuelta la causa.
La Corte Suprema no puede así resolver cuestiones abstractas, Soy por ello de opinión que corresponde no hacer lugar a la queja interpuesta ante V. E, a fs. 1 del presente recurso de hecho. mm Horacio R. Larreta.
"FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Febrero 6 de 1929, Y Vistos:
El recurso de hecho interpuesto por doña Francisca Pena de Miranda, contra la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Mendoza, que no hizo lugar al recurso extraordinario previsto en el art. 14 de la ley N 48, y que interpuso contra el
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:407
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