Don Luis González, solicita carta de ciudadanía Simario: 1° Procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley 48, contra una resolución que desconoce al apelante el derecho para acogerse al beneficio que acuerda la ley 346 a los extranjeros que prueben hallarse comprendidos en sus disposiciones, La exigencia palmaria del respeto a la patria adoptiva por parte de quienes quieran acogerse a la nacionalidad argentina, es de la esencia de la ley de naturalización y dehe considerarse como un requisito ineludible, virtualmente incorporado a su espíritu cordial y generoso.
Cuso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
| Rosario, Septiembre 12 de 1928.
Autos y Vistos: Este pedido de ciudadanía formulado por el súbdito español, don Luis González, domiciliado en calle Corrientes N° 1312; y Considerando:
Que el peticionante tiene una entrada por averiguaciones de hurto en la ciudad de Santa Fe: otra por lesiones en esta ciudad, por la cual fué condenado a sufrir seis meses de prisión condicional, y varias otras por diversas contravenciones que lo sindican como una persona de malas costumbres, Por ello, y atento lo dictaminado por el señor Procurador
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:286
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