2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 13 de 1927.
Suprema Corte:
Don T. Belamino Olguin recurre ante V. E. de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, dictada en la acción contencioso-administrativa seguida contra la Caja Provincial de Jubilaciones y Pensiones, invocando al efecto el artículo 14 de la ley N° 48, :
Consta del expediente agregado a los autos principales, que por resolución de 17 de Octubre de 1925 la Caja denegó al actor la devolución de los descuentos efectuados en los haberes que percibía como empleado de la repartición policial, gestión que inició por haber sido reemplazado en el cargo que desempeñaba, sin justa causa, fundamentando la demanda en el derecho que le acuerda el art. 38 de la ley local N" 716.
Al presentar el alegato de bien probado opuso, subsidiriamente, la inconstitucionalidad de dicha ley para el caso de que se mantuviera el criterio de la Caja respecto a la manera de interpretar el art. 38 citado, por considerar que ella contrariaba los arts. 17, 31 y 67, inc. 11 de la Constitución Nacional.
De acuerdo con la jurisprudencia consagrada por V. E. estimo que el presente recurso es improcedente en atención a que A la sentencia apelada se ha concretado, en la parte dispositiva, a resolver el rechazo de las acciones de inconstitucionalidad y contencioso-administrativa instauradas, interpretando y aplicando leyes locales. En estas condiciones V. E. no puede ni está llamada a revisar la decisión de la Suprema Corte de Mendoza en lo que respecta a su propia competencia y jurisdicción determinada en la Constitución provincial (Fallos, tomo 116 pág. 138 ; tomo 118 pág. 338 ; tomo 124 pág. 66 y otros).
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:22
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