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Fallos: 152:217 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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al recurso extraordinario de acuerdo con lo dispuesto por los articulos 14 y 15 de la ley N" 48.

En el esumario instruido por la comisaría de la sección 15" de la Capital, a Luis Jetron, chautfeur de la embajada de Norte América, por lesiones a la señora Serafina Rodriguez de Bouget», la Corte Suprema con fecha ocho de Agosto de mil novecientos veintiocho, atenta la naturaleza de la causa y lo dispuesto por los artículos 577 y 434, inciso 2" del Código de Procedimientos en lo Criminal, sobreseyó definitivamente la causa. con la de- .

claración del artículo 437 del mismo.

En diez del mismo no se hizo lugar a la queja deducida por el presidente de la Municipalidad de Villa Alba, Pampa Central, sobre inconstitucionalidad y nulidad del decreto de 20 de Julio de 1927, sobre nombramiento de comisionados, en razón de: no encontrarse el caso comprendido entre los que correspondan a la jurisdicción originaria de la Corte Suprema determinada en el .

art. 101 de la Constitución Nacional.

Con fecha trece la Corte Suprema por los fundamentos legales y de doctrina contenidos en el dictamen del Señor Procurador General, declaró improcedente la queja deducida por don Justo G. Medina en autos con don Teófilo Olmedo y otros, por falsificación parcial de actas electorales, en razón de no existir cuestión federal alguna que justficara el recurso extraordinario de apelación deducido, dado que, tanto el Juez de la causa (el del Crimen de La Paz, provincia de Entre Ríos), como el Superior Tribunal de la misma provincia, no habían dado curso a

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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:217 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-217

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