SENTENCIA DE 1 INSTANCIA
Buenos Aires, Diciembre 4 de 1923, Y Vistos:
As. + se presenta don Aurelio C. Cagnoli, en representación de la compañía All America Cables Incorporated, antes denominada Central and South America Telegraph Co., y: demanda a la Municipalidad de la Capital por devolución de la suma de seis mil ciento sesenta y seis pesos 50 cts. m/n. que aquélla fué condenada a pagar por la vía ejecutiva, en concepto de impuesto o tasa por la colocación de postes en la vía pública, y expone:
Que la demandada inició contra su mandante, cinco juicios ante la justicia de paz y dos juicios ante los tribunales de primera instancia, todos los cuales relaciona detalladamente, expresando haber sido condenada la compañía a abonar diversas sumas de dinero, que importan un total de 6.166.50 pesos. por cuyo importe inicia esta acción.
Agrega que la tasa o impuesto que cobra la Municipalidad, lo hace alegando que la compañía ocupa la via pública con los postes de sus alambres telegráficos, lo que es exacto y no obstante haber alegado la injusticia e inconstitucionalidad del cobro, administrativamente y en los juicios referidos, ha debido abonar lo reclamado, reservándose exigir su devolución en este juicio ordinario. Que la ordenanza municipal respectiva grava el uso de la via pública y del espacio aéreo en la colocación de postes, con la suma de veinticinco peso por cada poste y por año, lo que es contrario a nuestras leyes y a la Constitución Nacional.
Expresa que por ley N 353 del 9 de Octubre de 1870, el Gobierno Federal concedió a los señores Clarck y Cía, la construcción de la primer linea telegráfica nacional e internacional entre Valparaiso y Villa María. Que la ley 353, lejos de gravar la
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Año: 1928, CSJN Fallos: 151:136
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