cio según las circunstancias, y en estas condiciones el deereto de 10 de Marzo de 1909, al modificar el art. 79 de la Citada ley 4932, estableciendo tarifas mayores en atención a los gastos de conservación y uso, ha violado el inciso 2 del artículo 86 de la Constitución, que prohibe al Poder Ejecutivo alterar el espíritu y letra de las leyes con excepciones reglamentarias, Caso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Diciembre 30 de 1921.
Y Vistos: Para definitiva estos autos seguidos por la compañía de navegación Nicolás Mihanovich tontra el Gobierno de la Nación, de cuyo estudio resulta:
Que a fs. 2 se presenta don Eduardo S. Scotti, por la compañía argentina de navegación Nicolás: Mihanovich Ltda., demandando al Gobierno de la Nación por devolución de la suma de mil sesenta y siete pesos oro sellado, que se han cobrado de más a su mandante por servicios de grúa flotante en el Puerto de la Capital y pide la devolución de la suma reclamada, con más los intereses y costas del juicio.
Que su representada solicitó los servicios de la grúa del Gohierno para el salvataje del remolcador «Liniers» y una vez hecha la operación la Dirección del Puerto de Buenos Aires formuló la liquidación, cuya copia adjunta, la que fué observada :
por su mandante, pero el Ministerio de Hacienda rechazó las observaciones y la Dirección del Puerto intimó a su representada el pago de la cuenta dentro de tercero día, bajo apercibimiento de suspender el despacho de los vapores de la compañía, de acuerdo con las facultades que la ley acuerda para el cobro de los derechos de puerto. : :
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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:43
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