curso extraordinario. Notifíquese y archívese, devolviéndose los autos remitidos por vía de informe con transcripción de la presente,  A. Bermejo. — J. FIGUEROA ALCORTA. — Roserro Reretro. — — M. LAURENCESNA. — R. Guino Y 
LAVALLE:
Don Pedro Ordogui contra la Dirección de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, sobre inconstitucionalidad de imPuestos a las herencias. Recurso de hecho. 
"Sumario: Procede el recurso extraordinario del artículo 14, ley 48, contra un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, «que expresamente se promuncia sobre el derecho fundado por el recurrente en el artículo 16 de la Constitución Nagional, desestimándolo al declarar procedente el aumento del cuarenta por ciento en la determinación de valores para la liquidación del impuesto a las herencias que establecen el art. 39, inciso 9" de la ley de sellos de 1923 de la Provincia de Buenos. Aires, y que aquél impugnó como repugnante a da garantía de la igualdad y uniformidad establecida como hase de toda ley impositiva.
Caso: Lo explica el siguiente:
Compartir
65Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1928, CSJN Fallos: 150:39 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-150/pagina-39¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 150 en el número: 39 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
