no la gravan el impuesto de abasto, el de alumbrado y limpieza, el de tranvías, el de telégrafos, ete. Se afectaría la propiedad cuando se crease un impuesto, como el de una velada patente o contribución sin la hase de aquellas tareas de licencia, registro, inspección y demás, porque entonces no habría servicio sino inmediata y exclusiva imposición, Pero tal no es el caso. Aquí la Municipalidad. que tiene a su cargo ela vigilancia del expendio de substancias alimenticias», al extremo de aquellas que por su calidad o condiciones sean perjudiciales a la salud» (art. 48, inc.
6", ley orgánica), cobra el impuesto por virtud de las recordadas disposiciones, que son parte integrante del art. 65 de la cidenanza, que en start. 135 contiene el impuesto de «inscripción, a los establecimientos... que vendan... artículos o substancias alimenticias», y que le han dado pie para dictar la respectiva ordenanza, que en st art. 135 contiene el impuesto de «inscripción, licencia, análisis e inspección» de los despachos de referencia.
Se arguye, es cierto, con lo prohibitivo del impuesto, que ha venido aumentándose en los últimos años en forma asaz progresiva (en el caso se trata de un negocio incluido en la tercera Categoria de las cuatro consagradas en la ordenanza, por el cual se cobra seiscientos pesos nacionales por año). Pero nada consta en autos al efecto: ni el capital del negocio, ni la patente que al respecto se pague, ni las posibles utilidades. Prohibitivo es la que en el hecho se traduza en una prohibición, vale decir, en la imposibilidad de que el negocio pueda continuar, porque el impuesto absorbe las ganancias en proporción que el negocio ya no convenga. Pero dudo mucho que tal pueda ser el supuesto: el impuesto conspiraria 'tontra el evidente propósito fisca! del mismo, y la Municipalidad estaría privámlose de lo que mira como una fuente de recursos. Esto sería simplemente suicida, lo que es inconcebible. Por lo demás, el actor afirma que varios negocios se han cerrado ya con motivo de la exorbitancia del impuesto, pero se ha cuidado de aportar la más leve probanza en tal sentido. Todo lo que de su parte consta en el juicio es una
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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:206
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