Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 15:382 de la CSJN Argentina - Año: 1874

Anterior ... | Siguiente ...

El mismo autor citando 4 Madison en el párrafo siguiente, trascribe estas palabras: « Los casos que emanen de

Por estas consideraciones, follo este incidente de competencia declarando que este Juzgado es competente para conocer en la presente demanda, sin costas. Hágase saber, pudiendo el actuario notificar este auto original fuera de la oficina, y en oportunidad, conteste el demandado directamente á la demanda y repónganse los sellos.

Morcillo.

Apeló Maradona y concedido el recurso en relacion y elevados los autos á la Suprema Corte, para mejor proveer, dió vista al Señor Procurador General, quien dió esta :—

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1874, CSJN Fallos: 15:382 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-382

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 15 en el número: 382 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos