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Fallos: 149:315 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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DICTÁMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Febrero 18 de 1927, Suprema Corte:

Por los fundamentos de la sentencia recurrida y consideraciones concordantes del Ministerio Fiscal, pido a V. E. se confirme la referida sentencia dictada por la Cámara Federal de Apelación de la Capital, que hace lugar a la extradición del sujeto Pascual Luppino, solicitada por las autoridades del Reino de Italia.

Horacio R. Larreta.

al
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 5 de 1927.

Vistos: estos autos seguidos contra Pascual Luppino por extradición solicitada por Italia, vía diplomática y, Considerando :

Que las piezas acompañadas por la real embajada de Italia al Ministerio de Relrciones Exteriores, y remtidas por éste, al Juez Federal a quo, al iniciar las actuaciones presentes, acreditan que se han llenado las prescripciones del tratado especial con aquella nación, art. 12 de 16 de Junio de 1886 (ley 3035), art. 648 del Código de Procedimientos en lo Crimina', Que los reparos opuestos por la defensa de I.uppino, sobre su identidad personal y la fecha en que habría sido efectuado el crimen que motiva la extradición, han sido contestados satisfactoriamente por el Ministerio Fiscal en ambas instancias (fs. 32

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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-149/pagina-315

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