terior propietario de todo el campo, don Adolfo Kaulen, la compra o cesión de «acciones y derechos» constante en la eseritura de fs. 2. .
El actor quiso entonces coneretar su título, y solicitó de los tribmales de Córdoba el juicio de esimple mensura» de la expresada fracción, pues era ese a su juicio el sobrante del antiguo campo Las Peñas. Y al efecto acompañó un plano del terreno firmado por ese mismo agrimensor, pidiendo se nombrase a éste como técnico para la consiguiente operación. Se practica la mensura, y se la desaprueba (fs. 381 y siguientes y 458 y siguientes hasta 402 v.); el campo había sido ya mensurado por Echenique, en operación debidamente aprobada y con la cual no concordaba la del caso: de otra parte, el perito se había arrogado facultades propias de un juicio de deslinde, siendo así que sólo había sido designado para una simple mensura, deacuerdo con lo pedido por el mismo interesado.
Ante ello, el actor pidió lo formal de un juicio de mensura y deslinde (fs. 402 v. y 403). Y no obstante haberse ordenado por el tribal un simple juicio de mensura (És. 403 v 463v.), vino la citación de colindantes y lo demás del juicio de deslinde (is. 471 y siguientes), lo que no impidió que en la sentencia de primera instancia (fs. 183 y siguientes y 477 v.
y siguientes), confirmada por el Tribunal de Apelación (fs.
211 y siguientes y 492 v. y siguientes) se aprobase ela mensura» sin consignarse una sola palabra acerca de deslinde, Y sobre tal hase logra el actor la posesión del campo, efectuada con el auxilio de la fuerza y contra la oposición del representante de la hoy sucesión demanda (fs. 17 y siguientes y 503 y siguientes). Fué ésta obtenida en 1921, Y como, según su protesta de fs. 14, la demandada tuvo la tenencia del campo desde 1912, reclama arrendamientos por esos mueve años, Ahora se comprenderá el tópico previo a que me refer al comienzo de este voto: si el actor, que no cuenta con más titulo que la escritura de fs. 2, de una cesión de acciones y derechos, y uma posesión lograda en un juicio de simple mensura,
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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:350
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