La facultad concedida en el inciso 10" es amplia y comprensiva de toda función pública, exceptuadas las que la misma Constitución determina, Por otra parte, la suma de responsabilidades inherentes a la condición de comandante en jefe de las fuerzas, explica tal extensión de atribuciones.
3" En los Estados Unidos, cuya Constitución no acuerda al presidente de manera expresa la facultad de destituir por si sólo, se debatió al respecto larga y brillantemente en los primeros tiempos del gobierno.
Hamilton — aunque según Bryce hay razones para afirmar que después cambió de opinión — había sostenido que ese poder debia ser ejercido por el presidente en concurrencia con el Senado, por corresponder a ambos conjuntamente el poder de nombrar, «Se ha mencionado, dice «El Federalista», N" 77, como una € de las ventajas que deben esperarse de Ta cooperación del Se«mado en materia de nombramientos que ella contribuiría a la es« bilidad de la administración. El consentimiento de aquel cuer€ po seria necesario tanto para deponer como para nombrar em« pleados. El cambio del primer magistrado, por lo tanto, no La cuestión fué planteada por el Congreso de 1789, Al crearse en el mies de mayo uno de los departamentos ejecutivos, un representante de Carolina del Sud expresó en la Cámara sus dudas sobre si el primer magistrado podía constitucionalmente remover el funcionario que había de estar a la cabeza de ese departamento de gobierno, lo que motivó uno de los más luminosos debates producidos desde que se adoptó la Constitución y en el que tomaron parte hombres eminentes, mu
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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:164
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