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Fallos: 148:163 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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Personal y subteniente de administración, don Domingo Aguirre de la Disponibilidad teniendo en cuenta los antecedentes militares del mencionado subteniente de administración que obran en los autos respectivos y habiéndose llenado el extremo indicado por el art. 540 del Código de Justicia Militar, y en uso de las facultades constitucionales que le son propias:

El Presidente de la ación Argentina, decreta:

Art. 1 Cúmplase la presente sentencia, comuniquese y tómese nota; Art. 2? Conmitase la pena impuesta al teniente coronel don Benigno DP. Eiriz por la de un mes de arresto; Art. 3". Destitúyese al subteniente de administración don Domingo Aguirre, por ser un elemento perjudicial para la dis-——ciplina ; Art. 4° Comuniquese a Contaduria General de la Nación a sus efectos, publiques en lo pertinente el presente decreto en el Boletín Militar y archívese con el proceso en el Consejo Supremo de Guerra y Marina, — Alvear, — Agustín P, Justo».

2" ¿Cuáles son las facultades constitucionales a que alude esc decreto, en lo que al actor se refiere? Con arreglo al art. 86 de la Constitución, incisos 109, 15 y 16", el presidente nombra y remueve los empleados de la administración, es comandante en jefe de las fuerzas de mar y tie rra, y provee los empleos militares de la Nación. :

Ningún antecedente permite afirmar que la distinta redacción de los incisos 10" y 16? pone de manifiesto que los constituyentes de 1853 quisieron limitar las facultades del presidente a la sola provisión de los empleos militares, negándole en cuanto a las instituciones armadas el poder de destituir tan clara y :

categóricamente acordado respecto de los funcionarios de las otras ramas de la administración,

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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:163 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-148/pagina-163

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