deraciones de hecho y de derecho común en que se apoya una sentencia que declara no haberse operado la prescripción.
Caso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA (1) (2) Autos y Vistos : A. mm...
Los pedidos de aclaratoria de sentencia de fojas 373 formulados por la Sociedad demandante y por la empresa demandada.
Considerando respecto al pedido de la actora : 1.? que al hacer mérito esta Corte de la aprobación tácita de las tarifas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 213 E del Reglamento General de Ferrocarriles, lo ha hecho bajo la autoridad de lo declarado por la Dirección General en la resolución testimoniada de fojas 182, declaración cuya eficacia se halla reconocida por el artículo 75 de la ley número 2873; y 2 que las intimaciones efectuadas y aún las multas impuestas a la empresa por haber aplicado prematuramente las tarifas, esto es, antes de haber quedado aprobadas en alguna de las formas autorizadas por la ley o los reglamentos, no constituyen las observaciones a que alude el mencionado artículo 213 E, las cuales suponen, necesariamente, disconformidad con las tarifas mismas por no ser justas o razonables; y :
Considerando en cuanto al pedido de la demandada :
Que la sentencia del tribunal a quo, al reproducir las conclusiones de la de primera instancia relativamente a la prescripción anual establecida por el artículo 9, inciso 6.? de la ley número 10650, se limita a declarar que, en el caso, aquélla no se había ope- ,
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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:109
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