damnificados por la obra pública queden privados del derecho de solicitar daños y perjuicios, en el caso de daño causado a sus intereses, porque esa disposición no tiene, en verdad, otro objeto que el de determinar los limites a los cuales debe restringirse el ejercicio nonral del derecho de propiedad o de conciliar los intereses opuestos de los propietarios vecinos (nota al articulo).
La antoridad administrativa, dice la nota al artículo 2053.
en virtud de la cual la obra o el establecimiento se hubiese hecho, no priva ni puede privar al vecino del derecho de ocurrir a la autoridad judicial con una demanda de indemnización. Los Trihumales. agrega, conociendo y resolviendo sobre la reparación de perjuicios causados por un establecimiento insalubre o incómodo no se ponen en oposición con el acto administrativo «que lo amorizó, porque la autorización necesariamente llevaba como condición implícita, la de no causar perjuicio a tercero.
Considerando, en cuanto al punto tercero:
Que la empresa sostiene, por último, que la inundación de 1919 constituye un caso fortuito o de fuerza mayor, que en cualGuier supuesto eliminaría toda imputación de responsabilidad de st parte. Cabe establecer al respecto que los accidentes de la naturaleza no constituyen casos fortuitos, «ce Troplong, mientras que por sti intensidad no salgan del orden común. No se debe, por lo tanto, calificar como caso fortuito o de fuerza mayor los acontecimientos que son el resultado del curso ordinario y regular de la naturaleza, como la lluvia, el viento, la creciente ordinaria de los ríos, etc., pues las estaciones tienen su orden y su desarrollo, que producen accidentes y perturbaciones que tamhién traen daños imprevistos (articulo 514 del Código Civil y sus notas).
Según cl informe pericial a que se ha hecho referencia más arriba "el volumen de agua caida y el caeficiente de derrame ha sido mayor en la inundación de 1915 que en la de 19109, la des
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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:91
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