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Fallos: 146:364 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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304 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA sideración que dicho camino es un bien del doninio público y se halla como tal fuera del comercio y excluido de la protección posesoria.

Caso: Lo explica el siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Julio 14 de 1026 Y Vistos:

Estos autos seguidos por don Francisco Puig contra la provincia de Entre Ríos, sobre interdicto de despojo, de los que resulta:

Que a fs. 13, y con los documentos precedentemente agregados, se presenta el doctor Miguel M. Padilla, por el actor, exponiendo: Que su poderdante posee a título de dueño, desde hace 13 años, un campo en el departamento de La Paz, distrito de Tacuaras, de la mencionada provincia, siendo esa posesión quieta, pacífica y sin interrupción desde la fecha en que adquirió el inmueble, sin que jamás lo cruzara camino público alguno.

Que en el año 1921, su mandante fué sorprendido por una notificación del comisario rural por la que, invocándose órdenes del Jefe de Policia de La Paz, se le emplazaba para que abriera un camino rumbo al Guayquiraró, formulando ante esta resolución, las observaciones y protestas del caso y entablando, asimismo, denuncia contra el Jefe de Policia, por abuso de autoridad, a cuyo efecto se iniciaron las actuaciones judiciales que solicitara en su oportunidad, dando lugar dichas protestas a la formación de un expediente administrativo, en el que consta un informe dirigido al jefe de la sección Puentes y Caminos, donde se establece, después de una inspección ocupar, que el camino objeto de litigio, no tiene otro objeto que el tránsito a cabailo por entre bañados, que obligan a seguir distintas sendas dentro del campo.

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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:364 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-146/pagina-364

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