334 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tesis que carece de fundamento legal, como se ha demostrado en los considerandos anteriores.
19 Que por otra parte, aunque la posesión del Bristol Hotel hubiera sido de mala fe, tal circunstancia no obstaría a la prescripción por la Compañía de Grandes Hoteles, porque la ley exige buena fe en el adquirente y no en el enajenante, declarando expresamente el Código Civil que se puede adquirir por prescripción la propiedad de un inmueble, aunque el carácter de la posesión de aquel de quien se tiene no le permitiese adquirirla de esa manera (artículo 3273), declaración reiterada en el artículo 4001, según el cual la causa, naturaleza y vicio de la posesión del que enajenó el inmueble no son considerados para la prescripción de diez y veinte años, y en el artículo 4005 que establece concretamente que el sucesor particular de buena fe puede prescribir, aunque la posesión de su autor hubiese sido de ° mala fe.
20." Que, finalmente, en el acto de compraventa celebrado en 1." de marzo de 1912 entre la sociedad Bristol Hotel y la " Compañía de Grandes Hoteles no aparece manifiesta nulidad absoluta que el tribunal pueda y deba declarar, aún sin petición de parte, en cumplimiento del artículo 1047 del Código Civil, ni ha sido tampoco alegada por la parte demandante ninguna de las nulidades previstas en los artículos 1038, 1040, TOJI, 1042, 1043 y 1044 del mismo código, 21." Que, por lo tanto, yy estando fuera de controversia el hecho de que la compañía demandada ha poscido continuamente los inmuebles sobre que versa el pleito desde el 1." de marzo de 1912 hasta el 1 e julio de 1923, día de la interposición de la demanda de reivindicación, tiempo que excede de diez años, debe declararse que,. concurriendo, además, los requisitos de buena fe y justo titulo exigidos por el artículo 3999 de. Código Civil, dicha compañía ha prescripto la propiedad de los bienes mencionados.
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Año: 1926, CSJN Fallos: 146:334
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