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Fallos: 145:45 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, Diciembre 14 de 1923 Y Vistos: Por sus fundamentos y de acuerdo con la jurisprudencia sentada por este Tribunal en los casos de Muñoz de Cía, Maria v. F. C. Buenos Aires al Pacífico y Arrieta de Vidal, Angela v. F. C. Oeste, fallados en 6 y 25 de septiembre de 1922, entre otras, se confirma, con costas, la sentencia apelada de fs. 77 que condena a la Empresa del Ferrocarril Oeste a pagar a don Pascual Blas Guida la suma de cuatro mil pesos moneda nacio nal, por toda indemnización. :

Devuélvase y repónganse las fojas en privera instancia. — Marcelino Escalada, — T. Arias. — B. A. Nazar Anchorena, — J. P. Luna.

FALLO DE LA SUPREMA CORTE (1) Buenos Aires, Octubre 26 de 1925 Y Vistes:

Los seguidos por don Pascual E, Gida contra la Empresa del Ferrocarril Oeste, sobre daños y perjuicios.

Y Considerando:

Que el actor fundó su derecho a la indemnización en la responsabilidad que atribuye a la Empresa por no J- barreras en el paso a nivel en que se produjo el accid e invocó como fundamento de la responsabilidad consiguiente a la omisión referida, el art. 5", inc. 8. de da ley de ferrocarriles número 2873.

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Año: 1926, CSJN Fallos: 145:45 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-145/pagina-45

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