sido materia del recurso.—Notifíquese y devuélvase al tribunal de procedencia, donde se repondrá el papel.
A. BERMEJO — J. FIGUEROA ArCORTA, — RAMÓN MénDez. — RonerrTo Reegrro. — M Lat
RENCENA,
1) En la misma fecha se dictó idéntica resolución en la causa seguida por don Doringo Melandri contra la Empresa del Ferrocarril Pacífico, por igual catisa.
Don Gerónimo Guzmán, apelando de una resolución del Departamento Nacional de Higiene que le impuso una multa por infracción a la ley número (687, sobre funcionamiento de farmacias.
Sitmario: 1. No tiene carácter de definitiva a los fines del recurso extraordinario del artículo 14, ley 48, una sentencia dictada por el Juez del Crimen de la Capital, imponiendo una multa en un juicio de apremio por infracción a la ley 4687, sobre funcionamiento de farmacias.
2." Ni la ley 4687 ni el decreto reglamentario de la mis«na son repugnantes a la Constitución Nacional.
3 El recurso de nulidad no está antorizado por los artículos 14 de la ley 48 y 6." de la 4055.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
Compartir
72Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1926, CSJN Fallos: 145:47
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-145/pagina-47
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 145 en el número: 47 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos