Don Miguel Angel Angulo y Piedra contra el Fisco Nacional, sobre oposición a una ° 1ensura, :
Sumario: 1.° "El haberse omitido la formalidad de expresar la causal legal de excusación no anula el procedimiento ulterior y subsiguiente a un auto del que no se ha entablado ningún recurso y que aparece consentido por las partes.
2. La oposición a una mensura, basada en el derecho invocado por el oponente de mantenerse en la posesión del terreno cuestionado, por conceptuar que ese derecho sería lesionado por la operación de mensura o deslinde, importa una cuestión meramente posesoria, y acreditado por el oponente su carácter de poseedor, puede oponerse al deslinde en el juicio posesorio, que por ser de procedimiento sumario, ofrece con mayor rapidez y eficacia el amparo del derecho afectado por el despojo, o simplemente turbado.
3.° El deslinde es, por definición de la ley, un acto posesorio (artículo 2384 C. Civil) y, por consiguinte, al realizarse contra la voluntad del poseedor, constituye una turbación de la posesión de éste (artículo 2495, Código citado).
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
AUTO DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
1006 Y i Córdobo, Octubre 21 de Los del incidente de oposición a la mensra del campo. El Salitre, propiedad del Fisco Nacional, deducido por el doctor Miguel Angel Angulo y Piedra, y de los que resulta:
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:363
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-144/pagina-363
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